CÉDULA DE HABITABILIDAD
Documento administrativo acreditativo de que una vivienda es apta para ser destinada a residencia de personas y dispone de las condiciones técnicas de habitabilidad, según la normativa vigente (Decret 141/2012 de la Generalitat de Catalunya, sobre condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y la cédula de habitabilidad y Llei 18/2007, de 28 de Diciembre, del derecho a la vivienda.
Luis Blanch, T,A&U elabora y tramita dichos documentos en la administración autonómica correspondiente. En cumplimiento de la "Ley Omnibus", la cédula de habitabilidad es exigida por:
- Los Notarios en el otorgamiento de escrituras.
- Los Registradores en la inscripción en el Registro de la Propiedad de compra de viviendas.
- Los Administradores de Fincas en cuanto a los nuevos contratos de alquiler.
- Particulares o empresas en cuanto a la contratación de nuevos suministros de Cías (electricidad, gas, agua,…).
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